Hot Sale: multan a dos compañías por $5 millones por ofertas engañosas

Según la Secretaría de Comercio Interior hubo productos y servicios que se promocionaron como ofertas cuando tenían valores preexistentes

Ciencia & Tecnología 14/12/2020

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La Secretaría de Comercio Interior multó a Telefónica y a Cencosud por un valor total de $5 millones por presentar ofertas engañosas durante el Hot Sale . De acuerdo con la investigación del Gobierno , en el marco del evento -que se desarrolló el 27, 28 y 29 de julio pasado-, ambas compañías ofrecieron productos y servicios como ofertas exclusivas para compras virtuales, cuando los productos y servicios ofrecidos ya tenían esos precios previo al evento .

Las infracciones se detectaron mediante monitoreos realizados en los días previos al Hot Sale, que luego fueron comparados con las ofertas de esas jornadas, promocionadas como exclusivas para ventas online. De esta manera, se corroboró que, en determinados productos y servicios, no hubo en esas fechas ninguna condición única o novedosa en el marco de la campaña comercial.

Según la Secretaría, durante el Hot Sale Telefónica Argentina ofreció paquetes de servicios de telefonía, internet y televisión con precios que eran preexistentes al evento. De la misma manera, Cencosud, en el sitio web del supermercado Jumbo promocionó electrodomésticos con ofertas supuestamente exclusivas para ese evento, pero en realidad mantenían los precios previos. Las dos empresas fueron multadas con un monto de $2,5 millones cada una.

Fuentes de Movistar (la marca con que Telefónica nombra ahora todos sus servicios) dijeron que estaban analizando el alcance de la sanción y en los próximos días definirán los pasos a seguir. En tanto, en Cencosud afirmaron que no estaban al tanto de la multa.

La Secretaría de Comercio Interior recordó que el sitio www.hotsale.com.ar, de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, decía que las ofertas anunciadas en esos días de julio contenían descuentos exclusivos y agregó que la imposición de las multas a menos de cinco meses de haber realizado las imputaciones muestra una aceleración de los plazos administrativos.

La imputación a las empresas es porque "al inducir a los consumidores a error, engaño o confusión" sobre los precios o condiciones promocionales se lesionan las condiciones de comercialización de los productos constatados, ya que la información no ha sido cierta, clara y detallada, tal como lo establece el artículo 4º de la Ley 24.240.

La Nación

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